Principios y Estatutos

Declaración de Principios
 
de Casa Uruguay, asociación uruguaya de Estocolmo, aprobada por la asamblea constitutiva del 23/9-2000.

-La Asociación es totalmente independiente de cualquier tipo de organización política, gremial, religiosa o de otra índole.
-La Asociación postula el principio de solidaridad, de transparencia democrática y de pluralismo como base de su existencia y su accionar.
-La Asociación toma distancia de toda forma de totalitarismo político e/o ideológico así como de fundamentalismos religiosos. -La Asociación bregará por difundir interna y externamente las facetas de la cultura uruguaya en lo referente a sus aspectos sociales, políticos, económicos, históricos, artísticos, deportivos, etc.
-La Asociación fomentará la profundización de los lazos sociales y culturales con Suecia, generando para ello actividades concretas y difundiendo información de interés –actualizada- entre sus miembros y hacia la sociedad en general.
-La Asociación declara su respeto total a la integridad de los individuos, independientemente de su sexo, credo u origen étnico. Tanto la Declaración Universal de los Derechos Humanos, como la Declaración Universal de los Derechos del Niño son considerados por la asociación , documentos básicos en lo referente al respeto y a la integridad de las personas.
-La Asociación adhiere a los esfuerzos globales que desde distintas organizaciones e instituciones se desarrolla a nivel mundial para proteger la riqueza natural de nuestro planeta, para mantener el equilibrio ecológico y un medio ambiente adecuado. -La Asociación hará hincapié en desarrollar la integración en todas las formas posibles: con el medio sueco, con otras nacionalidades, entre niños, jóvenes y adultos de ambos sexos.
-La fraternidad y el respeto mutuo deberán impregnar todos los ámbitos e instancias de la Asociación, así como también las relaciones de la misma con el medio sueco y con otras nacionalidades.
-Podrán ser miembros de la Asociación todos aquellas personas que tengan un vínculo afectivo con el Uruguay.
-La Asociación encarará con énfasis la participación de niños, jóvenes, adultos y mayores; tratando en todo momento de procurar en colaboración con los propios interesados, los ámbitos más propicios para las actividades que se decida impulsar.
-La Asamblea Constitutiva y las sucesivas Asambleas Generales Ordinarias Anuales de los miembros son la instancia principal de decisión de la asociación, correspondiendo a la comisión directiva la implementación práctica de los lineamientos generales surgidos de la asamblea constitutiva y de las sucesivas asambleas anuales.
-La Comisión Directiva es la instancia ejecutiva principal de la Asociación y el número de miembros ordinarios y suplentes de la misma, así como la duración de sus respectivos mandatos y el alcance de los mismos constará en los estatutos.
-Los estatutos aprobados por la Asamblea Constitutiva y por las sucesivas asambleas anuales serán los que reglamentarán todo lo referente al quórum, composición, potestades, etc., de las diferentes instancias pertenecientes a la Asociación.
-La Asociación apoya las llamadas "Cinco Visiones" que son parte del plan de integración aprobado y vigente en la Comuna de Estocolmo:
-"una ciudad donde todos tengan un rol y una tarea y compartan tanto la responsabilidad como el poder concreto"
-"una ciudad donde todos compartan las mismas normas jurídicas, lugares de encuentro y tengan acceso a un idioma también común"
-"una ciudad libre de racismo y otras formas de discriminación"
-"una ciudad donde los niños y jóvenes tengan un sano ambiente en el cual crecer, acceso a buenos servicios, un tiempo libre cargado de sentido y posibilidades iguales y reales de acceder a la educación y a un trabajo futuro."
-"una ciudad donde todos vivan en barrios atractivos y seguros."


  ESTATUTOS

Aprobados por la asamblea constitutiva del 23 de setiembre de 2000 , modificados en Asamblea Extraordinaria el 21 de agosto de 2004 y en Asamblea General Ordinaria Anual el 27 de marzo de 2005.
I- Nombre y Sede de la asociación
II- Fines
III- Principios
IV- Los socios y la cotización
V- Organización
VI- Tareas de los diferentes organismos
VII- Decisiones y formas de resolver
VIII- Modificación de los estatutos
IX- Fondos de la asociación
X- Disolución de la asociación

I) 1- El nombre oficial de la asociación es Casa Uruguay en Estocolmo, asociación que nuclea a todas aquellas personas que se sientan vinculadas con Uruguay.
2- La actividad de la asociación se desarrolla principalmente en la Comuna de Estocolmo, el llamado Gran Estocolmo y alrededores.

II) 3- La asociación bregará por difundir interna y externamente las facetas de la cultura uruguaya en lo referente a sus aspectos sociales, políticos, económicos, históricos, artísticos, deportivos, etc.
3.1- La asociación fomentará la profundización de los lazos sociales y culturales con Suecia, generando para ello actividades concretas y difundiendo información de interés –actualizada- entre sus miembros y hacia la sociedad en general. 4- La asociación aspira a conformar una organización nacional y mantendrá vínculos amistosos, solidarios y de cooperación con asociaciones similares de uruguayos en otras ciudades y países así como con las organizaciones similares de otros grupos étnicos o nacionalidades. La solidaridad y amistad con las comunidades hispanohablantes similares es prioritaria.
4.1- La asociación bregará por entablar y profundizar los contactos todas aquellas instituciones y/u organizaciones, que coincidan con sus principios.
5- Otros objetivos de importancia son:
6- Obrar en pro de los intereses específicos de los residentes uruguayos en Suecia, buscando la máxima equiparación con los ciudadanos suecos tanto en caso de serlo formalmente o no.
7- Promover iniciativas ante las autoridades de Suecia y Uruguay que permitan aumentar el conocimiento de la realidad de los miembros de la asociación así como buscar soluciones adecuadas a problemáticas concretas tales como trámites de estudio,jubilaciones y otros derechos ciudadanos.
8- A la asociación le preocupa también el tema de la salud de sus integrantes y la entiende como un estado de bienestar síquico, físico y social.
9- Fomentar contactos de cooperación con instituciones idóneas, organismos y autoridades suecas, uruguayas, internacionales, etc.
10- Recibir a uruguayos de paso y practicar una auténtica actitud fraterna y solidaria.
Los visitantes tendrán a su disposición un libro de visitas y sugerencias.
10.1 -Cualquier acusación formal de violación flagrante de lo expresado en el punto de derechos humanos aprobado por la Asamblea General Constitutiva deberá avalarse con datos provenientes de archivos formalmente reconocidos por instancias correspondientes en Uruguay o en organismos internacionales que actúen en el plano de la defensa de los derechos humanos.
Amén de que el denunciante se identifique explícitamente ante la asociación Casa Uruguay en Estocolmo.
III) 11 -Los principios por los cuales se rige la asociación constan en la Declaración de Principios que es indivisible de estos Estatutos.
IV) 12 – Pueden ser miembros de la asociación todos aquellas personas que tengan un vínculo con el Uruguay.
13 - Tanto la adhesión a la asociación como la desvinculación de la misma, se efectuará libremente y en forma inmediata .
14 -Son socios todos aquellos que aceptan la Declaración de Principios, los Estatutos y pagan puntualmente la cotización estipulada.
15 –Se exhorta a los socios a trabajar por mejorar la organización, colaborar en alguna actividad específica y participar en la asamblea anual.
V) 16 Nuestra asociación tiene la siguiente organización:
17 - La instancia soberana de la asociación es su Asamblea General Ordinaria Anual
La Asamblea General Ordinaria Anual eligirá cada año ( a más tardar el último día de marzo del año en curso ) una ComisiónDirectiva compuesta por 11 miembros y una comisión electoral compuesta por 3 miembros.
18 La Comisión Directiva se compondrá de un presidente, un secretario, un tesorero más cuatro vocales y sus suplentes respectivos.
18.1 Uno de los cuatro vocales será designado como vicepresidente por la Comisión Directiva.
19 La Comisión Directiva eligirá libremente cómo organizar su funcionamiento interno.
20 Todos los elegidos durarán un año en sus mandatos.
21 Cada año la asamblea anual renovará por lo menos una tercera parte de los directivos o un mínimo de tres de sus once integrantes.
21.1 Los reelegidos no necesariamente permanecerán en los mismos cargos, para favorecer la renovación y combatir el estancamiento se buscará que incluso los reelegidos roten en sus funciones, también es aconsejable que los integrantes no participen en más de dos períodos en la Comisión directiva.
21.2 La asociación promoverá la participación de los jóvenes a todos los niveles, también en la Comisión Directiva.
22 La Comisión Directiva requiere un quorum de 7 de sus 11 miembros (titulares y suplentes incluídos) para sesionar.
23 - La asamblea anual (Asamblea General Ordinaria Anual) de socios además de elegir la Comisión Directiva, examina lo actuado durante el año en curso y fija los lineamientos a seguir durante el próximo año de actividades.
Elige también dos auditores y designa tres portadores de la firma autorizada de la asociación uno de los cuales será el tesorero.
23.1- Auditoría:
El informe de finanzas y los informes de actividades comprenden el año calendario, es decir del 1 de enero al 31 de diciembre, y deben ser puestos a disposición de los auditores con un mínimo de 30 días antes de la asamblea anual.
El informe de los auditores será presentado en la asamblea anual.
La comisión directiva deberá poner a disposición de los auditores los libros de contabilidad, las actas de sesión, registro de socios y diversos documentos necesarios para la auditoría. Los auditores controlarán la administración de la comisión directiva durante el ultimo año de actividades.
24 - La Asamblea General sesionará un mínimo de dos veces por año de actividad.
25 - La citación a Asamblea General la realiza normalmente la Comisión Directiva.
Para que sesione la asamblea general por iniciativa de los socios y sólo para tratar asuntos extraordinarios se requiere el acuerdo de las dos terceras partes de los socios plenos.
La Comisión Directiva podrá también llamar a asamblea extraordinaria.
26 -La asociación se organizará también en Comisiones designadas por la directiva o en Grupos de Trabajo creados por los socios, permanentes o temporarios a los efectos de impulsar actividades específicas.
Un mínimo de tres socios plenos podrá formar un grupo de trabajo.
26.1 – Las comisiones son creadas por la Comisión directiva para temas que conciernen a toda la Casa Uruguay, por ejemplo, Cultura. Los responsables de las comisiones serán nombrados por la Comisión directiva y se procurará que pertenezcan a ella. Los integrantes de las comisiones deben ser socios. Las finanzas que generen se volcarán a las arcas centrales o al objetivo que la Comisión directiva disponga en cada caso concreto, y sus gastos saldrán de ellas.
Se buscará en todo momento que el trabajo de las comisiones esté muy ligado a la Comisión directiva. La comisión cesará en sus funciones si no cumple con el cometido para el que fue creada.
27 -Los grupos de trabajo se atienen a lo resuelto en la Asamblea General Ordinaria Anual y a las formas estatutarias establecidas y se subordinarán tanto a ellas como a la Comisión Directiva que es quien orienta la actividad de la asociación entre asamblea anual y asamblea anual.
27-1 -Cada grupo de trabajo nombrará un responsable cuya principal tarea es la de mantener contacto permanentecon la Comisión Directiva
VI) Además de las ya mencionadas son competencia de los distintos organismos las siguientes:
Asamblea General Ordinaria Anual:
28 Elegir la Mesa de la Asamblea que estará compuesta por:
-un moderador que la presidirá,
-un secretario de actas y
-un encargado de llevar la lista de intervenciones y ceder la palabra.
-dos controlantes de actas
-dos controlantes de votos.
En la medida de lo posible la asamblea procederá a no elegir para estas funciones a los integrantes de la Comisión Directiva.
29 Considerar el informe de la gestión realizada y formular proyectos y metas para el siguiente ejercicio.
30 Considerar el ejercicio contable, el balance del año así como el presupuesto del próximo ejercicio.
30.1 Recoger y considerar las mociones de los socios.
31 Fijar la cotización en coronas suecas por semestre.
Fijar una cotización mínima para los socios colaboradores.
Resolver sobre posibles diferenciaciones en la cotización de los socios, por ejemplo menores de edad, estudiantes, etc.
31.1 Considerar la gestión realizada y en caso de proceder, liberar de responsabilidad a la Comisión Directiva.
32 Modificar el estatuto.
Comisión Directiva:
33 Aplicar las resoluciones adoptadas por la Asamblea General Ordinaria Anual y las restantes asambleas
34 Sesionar un mínimo de 7 veces al año.
35 Citar la asamblea anual en tiempo y forma.
La citación se realizará con por lo menos dos meses de anticipación.
A efectos del mejor funcionamiento de la asamblea se solicita que, en lo posible, las mociones a considerar lleguen por escrito y con por lo menos 15 días de anticipación.
35.1- Llevar y tener al día el registro de socios.
36 – Producir, archivar y tener a disposición de los socios informes de la actividad.
Llevar actas de las reuniones donde consten las resoluciones adoptadas.
37 - Proponer grupos de trabajo. Apoyar las tareas de los grupos de trabajo.
38 - Impulsar gestiones ante distintas autoridades y organismos.
39- Ostentar la firma autorizada de la asociación.
40 – Llamar la atención, amonestar o sancionar a los socios que de un modo u otro violen la Declaración de Principios y/o los Estatutos de la asociación, así como proponer a la Asamblea la expulsión de los mismos previo estudio de cada caso y cuando la infracción lo amerite.
VII) 41 La organización priorizará la búsqueda del consenso antes de adoptar decisiones.
42 Normalmente se decidirá por aclamación, es decir, la reunión responderá con un "sí" o un "no" ante una propuesta concreta.
43 Si la reunión cualquiera sea: asamblea, directiva, grupo de trabajo, etc, exige el conteo de los votos se procederá al mismo en forma inmediata.
44 La votación es abierta salvo que se resuelva el voto secreto en algún asunto de suma importancia.
45 Normalmente se decidirá por mayoría simple.
46 Las votaciones de suma importancia se adoptarán de acuerdo a la regla de los 2/3.
46.1 El organismo correspondiente resuelve qué asuntos son de suma importancia.
VIII) 47 La modificación de los estatutos sólo será posible en la asamblea anual ordinaria y para proceder a la misma se requerirá la aprobación de las dos terceras partes de los socios presentes.
La asamblea anual decidirá en cada caso a partir de cuándo entra en vigencia la modificación aprobada.
La entrada en vigencia de una modificación no podrá demorarse más allá de un ejercicio anual.
IX) 48- La asociación –que es una organización sin fines de lucro y no comercial- trata de financiar su actividad utilizando las siguientes fuentes:
49- La cotización aportada periódicamente por sus socios
50- Las subvenciones y colaboraciones que se puedan obtener de organismos idóneos en Suecia, Uruguay o en otros países.
51 Las donaciones públicas y desinteresadas de personas u organizaciones idóneas.
52 La realización de diversas actividades sociales y culturales dentro del marco de lo establecido por la legislación y disposiciones vigentes.
53 La asociación se rige por criterios de absoluta transparencia y cristalinidad en asuntos de dinero y patrimonio.
53.1 Centralización de las finanzas: independientemente de que los fondos sean obtenidos centralmente o través de los grupos de trabajo, los mismos serán administrados y canalizados centralmente.
A los grupos de trabajo les corresponderá utilizar el total o una parte de ellos dependiendo de que los mismos cubran las necesidades concretas planteadas de antemano.
54 Es tarea del tesorero, la comisión directiva y todos los miembros velar por el patrimonio social.
55 La firma autorizada de la asociación será responsabilidad conjunta del presidente, el vicepresidente y el tesorero, requiriéndose sin excepción las firmas del tesorero y otro cualquiera de los nombrados para realizar cualquier operación que involucre dineros.
X) 56 La existencia de la asociación es por tiempo indefinido.
57 -La asociación podrá disolverse por decisión de la Asamblea General extraordinaria citada con una anticipación de por lo menos dos meses y con ese exclusivo propósito.
58 -La decisión formal requiere el voto de los dos tercios de la Asamblea General Extraordinaria de socios que también decidirá sobre el destino del patrimonio eventualmente existente. Junta Electoral:
Compuesta por tres miembros uno de los cuales es el que la convoca, y elegida en la asamblea anual, la misma se encargará de recoger y presentar las nominaciones para los cargos electivos de la asociación.
Los miembros de la Junta Electoral no podrán ser elegidos para otras funciones.
La Junta durará en sus funciones un mínimo de un año y un máximo de dos.)