COMUNICADO DE PRENS
A
Ref. Encontramos otra nieta
nacida en cautiverio durante la dictadura
             Las Abuelas de Plaza de Mayo tenemos la felicidad de comunicar que otra hija de desaparecidos ha recuperado su identidad. El juzgado Federal Nº 1 de La Plata nos notificó ayer que se trata de la restitución de la hija de Olga Noemí Casado y Juan Oscar Cugura, ambos desaparecidos durante la última dictadura militar. Al momento del secuestro Olga estaba embarazada de más de siete meses y dio a luz a su hija en cautiverio, entre noviembre de 1977 y enero de 1978.
Los padres
Olga Noemí nació el 1º de abril de 1958 en la ciudad de Mar del Plata. Juan Oscar nació el 4 de junio de 1946 en Rawson, provincia de Chubut. Ambos militaban en la organización Montoneros. Sus compañeros la llamaban a ella "Julia" y a él "Cefe", "Negro Cefe" o "Ceferino". La joven fue secuestrada, embarazada, durante el mes de noviembre de 1977. Juan Oscar fue secuestrado entre octubre y noviembre de ese mismo año. Por testimonios pudo saberse que Olga permaneció detenida en el Centro Clandestino de Detención (CCD) "Puesto Vasco".
La búsqueda de una madre
El caso de la hija de Olga y Juan Oscar fue informado inicialmente ante la CONADEP por la familia Cugura, junto con la denuncia por la desaparición de su hijo y su compañera "Julia" de quien desconocían el verdadero nombre. Recién en 2006, la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (CONADI) recibió información que le permitió comenzar la investigación del caso, que inmediatamente fue incorporado en Abuelas de Plaza de Mayo.
A partir de un testimonio y con una ardua averiguación del equipo de investigación de la CONADI, en abril de 2007 se pudo confirmar que Olga Noemí Casado era efectivamente Julia, compañera de Juan Oscar Cugura.
A partir de allí se pudo solicitar a las familias Cugura y Casado que dejaran su información genética en el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) para así aguardar que la información de algunos de los cientos de jóvenes que se analizan para esclarecer su origen biológico, diera con su grupo familiar. Todo fue muy rápido, un año después de saber que Julia era Olga, las familias Cugura y Casado pudieron encontrar a su nieta desaparecida.
La búsqueda de la niña
             Las denuncias acerca de que una familia tenía anotada como propia a la joven que hoy se conoce es hija de la pareja de desaparecidos Casado-Cugura, existen en Abuelas desde 1985. La última fue recibida en el 2000.
             La localización de la joven no fue fácil, ya que la familia apropiadora solía mudarse y ha vivido en distintas provincias. Consecuentemente, el equipo jurídico de Abuelas de Plaza de Mayo formuló la denuncia correspondiente para investigar el caso. La causa, seguida por la filial La Plata , fue avanzando hasta que el juez Manuel Humberto Blanco ordenó un allanamiento para extraer las pruebas de ADN necesarias para establecer la filiación de la joven.
Ayer, 21 de agosto, la joven supo que en realidad es hija de Olga Noemí Casado y Juan Oscar Cugura y que sus familias la esperan en las ciudades de Mar del Plata y Rawson para contarle sobre sus padres, quienes la engendraron con amor y esperaban criarla en un país más justo y solidario.
Abuelas de Plaza de Mayo
Buenos Aires, 22 de agosto de 2008.

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Abuelas de Plaza de Mayo
Tel/Fax: (011) 4384-0983 / (0221) 425-7907
E-mail: difusion@abuelas.org.ar / laplata@abuelas.org.ar
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Lille Caruso


Videos para compartir:
Les dejamos estos dos enlaces:


http://es.youtube.com/watch?v=YMibMvrQfpA

http://es.youtube.com/watch?v=e_shnc4r9zU













LA DIARIA
Lunes 19 de Mayo de 2008
 
Lo reparable
 
Presos políticos intensifican reuniones para impulsar proyecto de ley.
 
Crysol, el grupo de presos políticos de la dictadura que funciona desde hace ocho años, desarrolla una intensa agenda de reuniones para lograr la aprobación de la ley de reparación integral y corregir la ley de jubilación para los presos políticos, la 18.033.
 
La semana pasada Crysol se reunió con el presidente del Frente Amplio, Jorge Brovetto, con el diputado Pablo Álvarez, de la Corriente de Acción y Pensamiento-Libertad (CAP-L), y con el ministro de Transporte y Obras Públicas, Víctor Rossi. Hoy se entrevistarán con el senador Mariano Arana (Vertiente Artiguista) y en la semana lo harán con el canciller, Gonzalo Fernández, integrante de la Secretaría de Seguimiento de la Comisión para la Paz; con Miguel Toma, secretario de Presidencia, y con el diputado Luis Rosadilla (CAP-L).
 
La organización está embarcada en promover políticamente el proyecto de reparación integral a las víctimas de la dictadura cívico militar redactado por el abogado Óscar López Goldaracena. Tiene seis capítulos y fue presentado para su estudio en abril en la Comisión de Derechos Humanos de Diputados.
 
El primero mandataría al Estado, representado por el gobierno, a pedir perdón en ceremonia pública por las prácticas dictatoriales.
Crysol entiende esencial que esto ocurra antes de sentarse a hablar de un “Nunca Más”.
 
La norma pretende institucionalizar como Día Nacional de la Memoria el 11 de abril, fecha en la que se cometió el primer exterminio en lo que se conoce como Uruguay, cuando el general Fructuoso Rivera llevó a cabo la masacre de indígenas en Salsipuedes.
 
Insuficiente. La organización pretende que se reconozca a miles de luchadores sociales y políticos que la sociedad desconoce y que mueren en el anonimato o en soledad pero que resignaron mucho de sí, como la familia y tantos afectos, además de haber sido encarcelados y torturados.
 
Crysol también quiere que se repare económicamente a todos los ex presos o a sus familiares. El lucro cesante generado en esos años (algunos estuvieron más de una década) sigue sin resarcirse y de alguna manera continúa así el castigo para quien pagó el precio de la dictadura en carne propia.
 
“La normativa internacional dice que el Estado debe garantizar una indemnización económica para resarcir ese capítulo”, aseguró en conversación con la diaria Gastón Grisoni, integrante de Crysol.
El proyecto también contempla la salud, “sobre todo desde el punto de vista psicológico o psiquiátrico, que hasta ahora se ha desarrollado con el apoyo del servicio de rehabilitación social y otras instituciones como el Hospital de Clínicas pero que no ha sido tomado por el Estado como una de sus obligaciones”, indicó Grisoni.
 
Sobre la ley 18.033, aprobada el año pasado, se dijo que es una reparación previsional insuficiente para muchos ex presos, fundamentalmente para los que tienen trabajo. Primero, porque no otorga beneficios a los familiares de los detenidos desaparecidos, de los que murieron en la tortura ni a quienes no fueron procesados y estuvieron menos de un año detenidos sin proceso pero fueron sometidos a apremios. Tampoco incluye a los liberados antes del 9 de febrero de 1973, a los procesados por la dictadura argentina y los que al “caer” en actividades de recaudación para sus organizaciones decían que robaban para ellos tampoco están incluidos.
 
A su vez, los jubilados deben optar entre la seguridad social y la ley 18.033, lo cual es visto por Crysol como “inadmisible”, además de cuestionar el hecho de que aquellos que tienen ingresos mayores a 22.500 pesos no pueden acogerse a la ley 18.033. “Son clasificaciones que no podemos aceptar”, aclaró Grisoni, quien señaló que la organización contabilizó 18 situaciones que la ley 18.033 no contempla. ¦ Guillermo Garat
 


Crysol
asociación de ex pres@spolític@s del uruguay
Lorenzo Carnelli 1294. Telefax: 418 3017
Montevideo.Uruguay
 
 Mandado por Verónica Engler en la conmemoración del día de los Derechos Humanos.


El cuento que no acaba

Es increíble comprobar la poca memoria que tienen los que hoy siguen tildando de criminales a quienes han saldado las cuentas que les endilgaron en el pasado, con años de cárcel y sufrimiento. Las “nuevas víctimas”, atacan con el mismo tipo de argumentos con el que arremetían en la época en que luchaban contra la “sedición”, mientras robaban a mansalva junto a los políticos corruptos. La red represiva, atrapaba todo lo que pudiera ser considerado “sospechoso”, o pudiera ser capaz de “delinquir”; esta palabra tenía, en ese momento, un significado muy amplio: estudiantes de pelo largo, apariencia “descuidada”, pasado político “dudoso” y podría seguir todo el día enumerando los motivos que determinaban que una persona recibiera vapuleos, encarcelamiento o secuestro. Hoy, los familiares de estos nuevos “presos políticos”, se dan el lujo de escribir en la web, difamando con nombre, apellidos y fotografías, a ciudadanos que han hecho más por el país y la humanidad en los años posteriores a su liberación, que ellos en toda una vida en libertad, una vida dedicada a sembrar horror y muerte. Se puede argumentar y discutir mucho sobre lo que pasó en nuestro país durante esos años, podemos contar las muertes, las acciones y analizar hasta el cansancio los acontecimientos acaecidos. Podemos tratar de dilucidar quiénes eran más bárbaros o más asesinos. No obstante, nos olvidamos de un hecho fundamental: ¿quiénes fueron los que pagaron las culpas de lo ocurrido?, ¿quiénes soportaron tortura y duros encarcelamientos?, ¿qué familias se vieron afectadas? No fueron los militares y quienes los rodeaban, de eso pueden estar seguros.

Gracias a organismos que defienden los DD.HH y al trabajo constante de hormiga, realizado por las organizaciones de familiares de presos y desaparecidos, se han investigado los crímenes que la Ley de Caducidad permite investigar, o sea, aquellos crímenes comprendidos en el Artículo 4º.- “Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos precedentes el Juez de la causa remitirá al Poder Ejecutivo testimonios de las denuncias presentadas hasta la fecha de promulgación de la presente ley referentes a actuaciones relativas a personas presuntamente detenidas en operaciones militares o policiales y desaparecidas así como de menores presuntamente secuestrados en similares condiciones”.

Es oportuno esclarecer algunos puntos, ya que la amnesia que afecta a la extrema derecha, no les permite recordar lo que sucedió en nuestro país durante los oscuros años de dictadura e, inclusive, antes de ellos.

Cuando hablan de los “asesinos y terroristas” y acusan a siniestra (nunca a diestra), a expresos políticos de la dictadura militar, se olvidan de que a varios de esos presos se les computó tres años de cárcel por cada uno de los que estuvieron en cautiverio, justamente, a raíz de las condiciones inhumanas a las que se vieron sometidos durante dicho encarcelamiento. Los rehenes, por ejemplo, incomunicados, sometidos a continuos traslados y torturas físicas y síquicas durante años, se encuentran entre los presos que no fueron amnistiados, salieron de la cárcel con libertad anticipada, viéndose obligados a presentar garantes y a firmar cada seis meses, hasta que varios años después, se les concedió, por fin, la anhelada libertad. Ergo, todos ellos pagaron un alto precio mientras cumplían la condena que le imputaron. Pagaron inclusive por las confesiones arrancadas bajo terribles torturas y tormentos. ¿No es acaso justo, que los militares que cometieron crímenes, paguen también y sean juzgados y encarcelados por ello?, sin quitarles dientes ni ojos, ya que no se pretende aplicar la Ley del Talión ni el código de Hammurabi.

Hagamos memoria

La Ley de caducidad de la pretensión punitiva del Estado (Ley 15.848) entra en vigor en 1986 y deja en la impunidad graves violaciones a los derechos humanos, cometidas antes y durante el golpe. Conforme a esta ley, no se puede procesar y sancionar al personal militar y policial responsable de violaciones de derechos humanos cometidas antes del 1 de marzo de 1985. Por suerte, esta ley, dejó afuera algunos casos que han permitido que haya denuncias contra civiles y militares. Como Amnistía Internacional cita: "La desaparición forzada es un crimen internacional, cuya práctica sistemática constituye además un crimen contra la humanidad," y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, sostiene que es un delito continuado o permanente mientras no se establezca con certeza el destino o paradero de la víctima.

¿Qué fue, a grandes rasgos el Plan Cóndor?

El Plan Cóndor fue la coordinación represiva concertada entre los gobiernosparaguayo, boliviano, brasileño y uruguayo para acabar con la “subversión” durante la década de los 70 y principios de los 80. A comienzos de la década del 90 se descubrieron en Paraguay, documentos secretos de la policía política paraguaya. Estos documentos, llamados los archivos del terror informan sobre el accionar de esa fuerza y sobre la coordinación que hubo entre los gobiernos militares sudamericanos durante esas décadas para perseguir a sus opositores políticos, que eran detenidos en cualquier país y luego trasladados a su país de origen, lo que implicaba el desconocimiento absoluto de fronteras y la utilización de métodos ilegales de represión. Paradójicamente, lograron una unión entre los países latinoamericanos que los gobiernos democráticos no han logrado, llegaron a acuerdos que les permitían reprimir y matar a lo largo y ancho del continente. El papel principal de la represión uruguaya fue el de trasladar comandos uruguayos a Argentina; secuestraban, torturaban y desaparecían a exiliados uruguayos en ese país. Un gran número de uruguayos desaparecieron en  tierras vecinas. La mayoría de ellos fueron llevados al centro clandestino de detención llamado Garaje Olimpo. Algunos fueron trasladados a Uruguay, todavía su destino es desconocido.

Operación Zanahoria

Por si fuera poco y para tratar de ocultar los crímenes cometidos, se llevó a cabo  en el año 1984 la Operación Zanahoria, donde se removieron los restos de los detenidos enterrados en predios militares, para eliminar las pruebas y enterrar los restos de todos los desaparecidos en fosas comunes. La Fuerza Aérea de Uruguay admitió que al menos 21 uruguayos y cinco argentinos, fueron trasladados en dos vuelos clandestinos para ser asesinados, y confirmó por escrito, la existencia de al menos dos vuelos trasladando detenidos durante las dictaduras en Argentina y Uruguay, todo esto en el marco del Operativo Cóndor.


Crímenes

Entre los crímenes cometidos por las Fuerzas Armadas, se encuentran estudiantes asesinados por el escuadrón de la muerte, los asesinados como represalia por la muerte del coronel Trabal, los comunistas fusilados en la calle frente la sede de la seccional 20, los que fallecieron a causa de las tortura, los homicidios del diputado Héctor Gutiérrez Ruiz y del senador Zelmar Michelini. El asesinato de la nuera del poeta Juan Gelman, secuestrada en Buenos Aires en el año 1976. María Claudia tenía 19 años y estaba embarazada, su esposo fue asesinado y ella fue llevada desde el centro clandestino Automotores Orletti a Montevideo, allí nació la hija de María Claudia, que fue encontrada por Gelman en Uruguay, donde había sido entregada a un policía, la joven no conoció su verdadera identidad hasta los 23 años, hoy es una de las tantas voces que exige verdad. Anatole y Victoria, hijos de Victoria Grisonas y Roger Julién (también desaparecidos), los hermanos fueron transportados a Montevideo para luego ser entregados a una familia en Chile, que los abandonó en la ciudad de Valparaíso. Mariana Zaffaroni, que fue entregada a un miembro del Servicio de Información del Estado (SIDE) argentino.

Cuando hablamos del secuestro de niños, yo les pregunto ¿cuáles eran las culpas de esos menores? Es imposible imaginar lo que les tocó vivir y lo que aún debe significar en sus vidas el hecho de haber crecido en el seno de familias que no eran las propias y que estaban involucrados, en muchos de estos casos, en la desaparición de sus progenitores. ¿Y la pesadilla de los familiares que durante años los buscaron de forma incansable? ¿Cómo se puede justificar un delito de esta índole? Todavía quedan 4 niños desaparecidos en Argentina. Más de dos centenas de uruguayos, contando hombres, mujeres y niños, desaparecieron durante el régimen militar. La represión en nuestro país, alcanzó a encarcelar aproximadamente 15000 presos políticos. La muerte del doctor Roslik, en San Javier y el encarcelamiento de varios inocentes, entre ellos un grupo de jóvenes. La violación y tortura a menores de edad. Puedo seguir nombrando víctimas; muertos (dentro y fuera de la cárcel), aquellos compañeros que jamás se recuperaron del encierro y la tortura, aquellos que murieron anticipadamente, luego de haber sido puestos en libertad. Los que perdieron sus trabajos, sus familias. Las propias familias, que vivieron las consecuencias de esa pesadilla durante años y muchas veces soportaron inclusive, después de ser liberados todos los presos, los efectos que dejaron las secuelas de ese encierro bestial. De forma metódica e inhumana, estas presuntas “víctimas actuales”, intentaron enloquecer a los que no pudieron matar.

¿Qué podemos hacer?

No se puede negar que los verdugos no hicieron distinción de edad ni género, en ese sentido fueron generosos e irrestrictos, arremetieron contra niños, mujeres y hombres sin piedad alguna. Si nos olvidamos de esto, caemos en el riesgo de permitir que vuelva a suceder, o de convertirnos en cómplices de estos hechos aberrantes. Miremos a nuestros hijos, familiares y amigos, e intentemos imaginarlos en cualquiera de las situaciones que nombré. Tratemos de pensarlo en carne propia o cercana, sopesemos los hechos, hagamos un balance exhaustivo y tomemos la responsabilidad que nos corresponde, para que jamás se repita. Hay que anular la Ley de caducidad de la pretensión punitiva del Estado, más conocida como Ley de Impunidad o de Caducidad. Firmar para anular esta ley es, sin lugar a dudas, un grano de arena que podemos aportar a esta lucha por defender y rescatar la dignidad y los derechos de los seres humanos.

Veronika Engler

Suecia 2007-12-10

Parece mentira. 35 años después pero, qué Feliz Navidad...



GREGORIO ALVAREZ- ex-dictador en Uruguay, responsable de  decenas de

desapariciones y asesinatos, figura clave en el golpe de estado de 1973
 y
 de todo el "proceso" dictatorial  cada vez  más cerca de  la carcel.
 
Al  cierre de esta edición, fuentes judiciales aseguraron a la diaria
que el miércoles 5 de diciembre a las 9 de la mañana, cuando
deben comparecer ante el juez Luis Charles los militares retirados
Gregorio Álvarez (ex comandante en jefe del Ejército y ex dictador),
Juan Carlos Larcebeau y Jorge Tróccoli (ambos de la Armada), está
decidido comunicarles su procesamiento con prisión, solicitado por
la fiscal Mirtha Guianze. Será en el marco de la causa por los traslados
clandestinos, de Argentina a Uruguay, de personas secuestradas
que luego fueron víctimas de desaparición forzada, crímenes que
han permanecido impunes durante más de 30 años.  
 

LA REPUBLICA PAG. 5

Peritos forenses definirán si trasladan a Bordaberry a una cárcel.

 

El juez Penal de 11er. Turno, doctor Roberto Timbal solicitará en los próximos días a tres especialistas del Instituto Técnico Forense (ITF) que estudien la posibilidad de recluir al ex dictador Juan María Bordaberry en un centro penitenciario, adelantaron a LA REPUBLICA fuentes judiciales.


La decisión del magistrado fue adoptada luego de que días atrás, el Ministerio el Interior le informara que la posibilidad de alojar al ex presidente de facto en una cárcel no corresponde a la secretaría de Estado sino a los peritos del Poder Judicial.


No obstante, el juez Timbal solicitará a la Dirección Nacional de Cárceles un listado con los centros de reclusión que cumplen con las características de higiene que requiere Bordaberry, antes de que los médicos forenses Guido Berro, Domingo Mederos y Hugo Rodríguez comiencen a estudiar el caso.


Bordaberry, de 79 años de edad, permanece bajo prisión domiciliaria en la casa de uno de sus hijos en la zona de Carrasco desde fines de enero pasado, luego que la Justicia así lo dispusiera, en virtud de que padece una afección respiratoria crónica que no le permite estar detenido en Cárcel Central.


El pedido de evaluar el posible traslado del ex dictador a una cárcel fue solicitado el mes pasado por la doctora Mirtha Guianze, titular de la Fiscalía Penal de 2º Turno, que entiende en la causa de los asesinatos de Michelini y Gutiérrez Ruiz, por la que fue procesado el año pasado.


La fiscal Guianze fundamentó su pedido en un informe elaborado por el subsecretario del Ministerio del Interior, inspector principal (r) Ricardo Bernal, quien siendo jefe de Policía de Montevideo, ofreció recluir a Bordaberry en la chacra del Penal de Libertad, pero la familia no aceptó esa alternativa.


Bordaberry fue procesado a fines del año pasado junto al ex canciller Juan Carlos Blanco, por la responsabilidad de ambos en los asesinatos de Zelmar Michelini, Héctor Gutiérrez Ruiz, Rosario Barredo y William Whitelaw, ocurridos en Buenos Aires en mayo de 1976..

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  Fiscal pide penas más severas para los militares represores. Guianze cambiará la figura delictiva

  a la hora de pedir las condenas: optará por la desaparición forzada.

Al momento de formular la acusación contra los militares y policías procesados por violaciones a los derechos humanos, la fiscal cambiará la figura delictiva y pedirá su condena por desaparición forzada, y ya no por privación de libertad. Eso permitiría establecer una pena mayor, cuyo máximo es de hasta 25 años.

La fiscal Mirtha Guianze pidió la semana pasada el procesamiento con prisión del ex dictador Gregorio Álvarez y los ex oficiales de la Armada Jorge Tróccoli y Juan Carlos Larcebau por el delito de desaparición forzada.

Es la primera vez que la Justicia uruguaya utiliza esta figura delictiva aprobada en tratados internacionales, pero no será la última.

Según pudo saber Ultimas Noticias, la representante del Ministerio Público volverá a insistir con esta tipificación cuando deba formalizar la acusación contra los oficiales actualmente procesados por el caso de Adalberto Soba.

Las fuentes sostuvieron que la fiscal cambiará la figura penal, pasando de privación de libertad, delito por el cual están procesados actualmente los ocho militares y policías, a desaparición forzada.


Esta modificación estará dada porque se entiende que la desaparición forzada se adecua perfectamente a este caso. Asimismo, esta figura permitiría a la fiscalía pedir una condena mayor para los militares que si aplica la privación de libertad.


La pena de la privación de libertad agravada, como es en este caso, va de seis a doce años de penitenciaría, mientras que si se esgrime la desaparición forzada la condena puede ser de hasta 25 años.

TRIBUNAL

La reformulación del delito también está pautada por el dictamen de febrero pasado del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2° turno.

Si bien el órgano de alzada ratificó el delito de privación de libertad, sugirió rever la tipificación para la acusación final dando razón a las defensas de Gavazzo y Arab.

"El tribunal participa del punto de vista de las defensas, en cuanto a que, el derecho penal es hijo de la realidad. En tal sentido, se estima que debe ampararse la solicitud formulada por la defensa de Gavazzo en cuanto reclama “agotar los medios probatorios racionales y ajustados a Derecho, ante la evidente realidad de que esa persona ha muerto”, dijo.

Sin embargo, desde la Fiscalía no se desea la tipificación de homicidio por entender que no es la más apropiada y por eso optó por la desaparición forzada, delito que fue incluido en la normativa nacional en octubre de 2006 a través de la ley 18.026.


Las fuentes destacaron el carácter permanente que se asigna a este delito, mientras no se establezca el destino o paradero de la víctima.


ARAB: EL MÁS CERCA

El caso más próximo a llegar a la etapa de acusación es el del ex militar Ricardo Arab, porque José Nino Gavazzo estaba en situación similar hasta que su defensa interpuso un recurso de inconstitucionalidad.

Ahora el expediente se encuentra en etapa de fotocopiado. Una vez que se culmine el trabajo, un juego irá a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) para que se expida sobre el recurso presentado por Gavazzo y el otro irá a la fiscal Guianze para que haga la acusación contra Arab, además de pedir otros procesamientos.

En el caso del resto de los militares y policías la situación aún está en suspenso, en virtud de que la SCJ aún no se ha expedido respecto a la inconstitucionalidad planteada por su defensa, lo que se estima ocurrirá de un momento a otro con un fallo contrario a los intereses de los oficiales.

El delito.

La ley establece que incurre en desaparición forzada "el que de cualquier manera y por cualquier motivo, siendo agente del Estado o sin serlo contando con la autorización, apoyo o aquiescencia de uno o más agentes del Estado, procede a privar de libertad a una persona, seguido de la negativa a informar sobre la privación de libertad o el paradero o la suerte de la persona privada de libertad; o que omita y se niegue a brindar información sobre el hecho de la privación de libertad de una persona desaparecida, su paradero o suerte".     Fuente, ultimas noticias.

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LA REPUBLICA

Estudian proyecto de ley reparatoria para víctimas del terrorismo de Estado.

Legisladores y dirigentes del FA pretenden aprobar la iniciativa a comienzos de 2008.

 

Legisladores del Frente Amplio y una Comisión de la Mesa Política Nacional de la coalición de gobierno están analizando el proyecto de ley de reparación integral para las víctimas de violaciones graves de los derechos humanos, apuntando a poder presentarlo en el Parlamento a comienzos del año próximo para su rápida aprobación.


Legisladores del Frente Amplio y una Comisión de la Mesa Política Nacional de la coalición de gobierno están analizando el proyecto de ley de reparación integral para las víctimas de violaciones graves de los derechos humanos, apuntando a poder presentarlo en el Parlamento a comienzos del año próximo para su rápida aprobación.


Además de su contenido más abarcativo de la actual ley, se propone la creación de una Comisión Nacional de Reparación Integral, la emisión de Bonos especiales para financiar esta ley y se garantiza la prestación médica gratuita y vitalicia para garantizar la cobertura integral de salud.


A pesar que existe la Ley 18.033 que otorga una pensión a los ex presos políticos, el Presidente Tabaré Vázquez reconoció que el país no cuenta con una verdadera ley de reparación para las víctimas del terrorismo de Estado.

Las limitaciones de dicha ley alentaron al colectivo Crysol y al doctor Oscar López Goldaracena a trabajar en un proyecto de ley que llenara ese vacío legal. La iniciativa fue apoyada por diversas organizaciones donde se nuclean los luchadores políticos de aquella época y sus familiares, así como por organismos de derechos humanos. El proyecto ya está en manos de una Comisión de la bancada de legisladores del Frente Amplio y de una Comisión de la Mesa Política Nacional que están trabajando a contrarreloj para poder presentar el proyecto a comienzos del año próximo y poder lograr una aprobación rápida por parte de todos los partidos.


En esencia, este proyecto abarca muchas situaciones que la ley 18.033 no tuvo en cuenta, aunque el propio López Goldaracena reconoció que la misma "ayudó a salir de la situación inicial de desamparo".

Se recoge también la experiencia de otras leyes de reparación en Argentina, Brasil, Chile y Paraguay.

El proyecto parte de la Resolución 60/1247 adoptada por la Asamblea de la ONU en noviembre de 2005 para determinar quiénes son considerados "víctimas" y a su vez contempla la situación de ex presos políticos, desaparecidos y sus familiares, muertos en enfrentamientos, en torturas, en la cárcel o posteriormente, y a sus familiares, a los niños nacidos en prisión, a los exiliados y a los clandestinos, otorgándoles una reparación económica. Asimismo propone la designación del Día Nacional de la Memoria en fecha que determine el Parlamento y que el Estado emita un documento público que acredite la condición de víctima en el que se reivindique "expresamente" el honor y honorabilidad de las personas comprendidas en la reparación.

La reparación.

El proyecto abunda en citas de resoluciones de la ONU al respecto, ratificando que "se deberá tener en cuenta de forma apropiada y proporcional a la gravedad de la violación una reparación plena y efectiva en las formas siguientes: restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición, y prevención".


Se precisa que la rehabilitación ha de incluir la atención médica y sicológica así como servicios jurídicos y sociales, la necesidad de la aplicación de sanciones judiciales o administrativas a los responsables de las violaciones, el control efectivo de las autoridades civiles sobre las fuerzas armadas y de seguridad y el fomento y fortalecimiento de la enseñanza de los derechos humanos en todos los sectores de la sociedad, incluidas las Fuerzas Armadas y de seguridad.


Concordando en que la Constitución de la República consagra el principio de reparación integral, el proyecto advierte que "las víctimas no constituyen un conglomerado homogéneo", definiendo la existencia de "víctimas directas", "indirectas" (familiares) y la existencia de derivaciones en "la segunda generación, en muchos casos".


Se cambia el período abarcativo respecto a la vigente ley, estableciéndose como límites, el 13 de junio de 1968 y el 1 de marzo de 1985.


Los presos políticos recibirán una indemnización equivalente a 583 UI por cada día de prisión, las mujeres recibirán un plus de 30% y los menores de edad de 50%. El beneficio se extiende a hermanos y descendientes de los detenidos que siendo menores concurrían a los centros de detención a visitar a su familiar (en este caso será un año de indemnización).


Se contempla también a los familiares de presos fallecidos durante la detención y para quienes fallecieron luego de recuperar la libertad, así como para los familiares de muertos a raíz del accionar de agentes estatales o grupos paramilitares o parapoliciales, incluso se atiende a quienes recibieron lesiones por dicho accionar.

Los familiares de desaparecidos recibirán una indemnización 15 veces superior a la de los presos políticos.


Existirá reparación también para quienes nacieron en cautiverio, quienes sufrieron sustitución de identidad y/o apropiación por terceros.

Los exiliados recibirán una indemnización equivalente a tres años de la de los presos políticos y los clandestinos a un año.

Modificaciones. Con respecto a la ley vigente, se determina que el derecho a la pensión reparatoria no tiene "ninguna condición o limitación emergente de los regímenes jubilatorios o pensionarios". En caso de fallecimiento, la pensión corresponderá íntegramente a sus causahabientes, será acumulable a otros beneficios de indemnización o restitución conferidos y se ajustará la Base de Prestaciones y Contribuciones semestralmente. Finalmente, el derecho a acogerse a la ley no prescribe, la pensión es inembargable y estarán exentas de gravámenes.

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Inminente procesamiento de Gregorio Álvarez
“Autor mediato” de un genocidio   -  Brecha

La fiscal Mirtha Guianze intenta, una vez más, que los tribunales uruguayos apliquen las convenciones internacionales de derechos humanos a la hora de juzgar los crímenes del terrorismo de Estado. Así, abre un debate sobre los delitos de “desaparición forzada” y “genocidio”.

Walter Pernas

En un escrito de más de cien páginas, presentado el lunes 12 ante el Juzgado Penal de 19º Turno, la fiscal Mirtha Guianze pidió el procesamiento con prisión del ex dictador Gregorio Álvarez por el delito de “desaparición forzada” de personas, figura comprendida en la ley 18.026 aprobada en setiembre de 2006.
Guianze considera que el militar es responsable de la desaparición forzada de 40 militantes vinculados a los Grupos de Acción Unificadora (GAU) durante su mandato como jefe del Ejército (1978-1979). El mismo delito pidió para los ex jefes de Fusileros Navales (Fusna) Jorge Tróccoli y Juan Carlos Larcebeau.
El Ministerio Público sostuvo que Álvarez es “autor mediato” de los crímenes, al emplear nuevamente* la teoría del dominio del hecho, del jurista alemán Claus Roxin. En una conferencia titulada “Los delitos en el marco de los aparatos organizados de poder”, brindada en 1963 en Hamburgo, Roxin detalló que el autor mediato es aquel que está colocado en la palanca de un aparato organizado de poder –sin importar en qué nivel de jerarquía– y que a través de órdenes puede dar lugar a delitos en los cuales no importa la individualidad del ejecutante.
El ex jefe del Ejército se encontraba justamente en esa posición cuando se detuvo, torturó y se hizo desaparecer a los militantes de los gau y de otros grupos relacionados con la resistencia dictatorial que se organizaba en Argentina. En la misma situación quedaron los dos ex jefes del Fusna, sobre quienes además pesan declaraciones y documentos que los involucran directamente en los operativos de represión contra esas personas.
Pero, además, Guianze dispara un gran debate jurídico –que seguramente también se teñirá de político, en el Parlamento y la prensa– al señalar que se debe aplicar el delito de “desaparición forzada”. La magistrada consideró que la desaparición forzada es un delito pluriofensivo, al afectar “bienes jurídicos” como la vida, la libertad, la integridad, la paz, la seguridad y el bienestar de la humanidad.
Los detractores de la mirada fiscal sostendrán que la ley penal no es retroactiva, y que por tanto no es posible aplicar una figura creada en el ámbito interno en 2006 para hechos sucedidos en los años setenta. En todo caso, dirán, se debe otorgar a Álvarez el instituto de la ley más benigna para el indagado, y no adjudicarle este delito que se pena con hasta 25 años de penitenciaría.
El escrito de la magistrada prevé esta reacción y respalda su argumentación en jurisprudencia internacional, que abarca sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (cidh) y de otros países como Argentina.
La cidh entiende que la desaparición forzada debe considerarse un delito integral, continuado y permanente, y que no puede alegarse la no retroactividad de la ley penal, ni la prescripción del delito.
Según la Corte Interamericana, la desaparición forzada constituye “un hecho ilícito que genera una violación múltiple y continuada de varios derechos protegidos por la Convención Americana y coloca a la víctima en un estado de completa indefensión, acarreando otros delitos conexos; se trata de un delito contra la humanidad”. Y agrega: “La responsabilidad internacional del Estado se ve agravada cuando la desaparición forma parte de una práctica aplicada por el Estado. Además, la desaparición forzada supone el desconocimiento del deber de organizar el aparato del Estado para garantizar los derechos reconocidos en la convención. De ahí la importancia de que el Estado adopte todas las medidas necesarias para evitar dichos hechos, investigue y sancione a los responsables y, además, informe a los familiares sobre el paradero del desaparecido y los indemnice en su caso”.

GENOCIDIO. Es factible que el juez Luis Charles acceda al pedido fiscal, y aplique la figura de desaparición forzada.
No obstante, en una resolución del 28 de febrero de 2007, el tribunal de apelaciones que actuará en este caso
–el de segundo turno, integrado por William Corujo, José Balcadi y Alfredo Gómez Tedeschi– deslizó que a los militares presos por el delito de “privación ilegítima de la libertad”, en la etapa final del proceso, podría aplicárseles el delito de “homicidio”.
Para ello, optó por citar sentencias nacionales del año 1949 –en las cuales se alega que no es necesaria la presencia del cadáver para aplicar el delito de homicidio–, en lugar de la jurisprudencia contemporánea de la cidh que, por ejemplo, se afilia a la aplicación del delito de desaparición forzada.
Ante la eventualidad de que el tribunal considere que en el caso de los gau se trata de homicidios, el Ministerio Público menciona en el pedido de procesamiento de Álvarez una sentencia clave de la justicia Argentina, que ante un caso de decenas de desaparecidos durante la dictadura atribuyó a los responsables el delito de “genocidio”.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 1 de La Plata condenó, el 19 de setiembre de 2006, al ex represor Miguel Osvaldo Etchecolatz –acusado de comandar distintos centros clandestinos de detención de la provincia de Buenos Aires, donde se torturó y ejecutó a decenas de personas durante la última dictadura argentina– a cumplir la pena de reclusión perpetua. El tribunal accedió a responsabilizar al criminal por el delito de genocidio, al entender que la conducta se encuadra en la descripción que realizó la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, en el marco de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948.
“Se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal; a) matanza de miembros del grupo; b) lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; c) sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; d) medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo; e) traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo”, señala la Convención.
El Tribunal Federal sostuvo que los desaparecidos bajo la represión de la dictadura argentina eran efectivamente integrantes del “grupo nacional” al que refiere la convención. A su vez, la fiscal Guianze entiende que el conjunto de detenidos desaparecidos por los que se responsabiliza a Álvarez y a los otros mandos militares eran también integrantes de un “grupo nacional”** que terminó devastado por el terrorismo de Estado uruguayo, en colaboración con el argentino.

* Ya la había utilizado en la causa de Bordaberry y Blanco por los crímenes de Michelini y Gutiérrez Ruiz.

** La definición del delito de genocidio contenida en la ley 18.026 es más vasta que la de la propia convención, al señalar que la aplicación de la figura corresponde cuando se perpetren actos criminales contra un grupo nacional “político”, con la intención de destruirlo total o parcialmente. La pena es de 15 a 30 años de penitenciaría.

Reclaman sanción a militares

Contra el ocultamiento

Óscar López Goldaracena, abogado patrocinante de la denuncia por la desaparición de los militantes de los gau, considera que la aplicación del delito de desaparición forzada debería determinar no sólo responsabilidades judiciales, sino también administrativas.
El jurista opina que el Poder Ejecutivo debería investigar y sancionar a todos los militares que ocultaron información sobre el destino de los detenidos desaparecidos.
López Goldaracena es el redactor original del proyecto que dio paso a la ley que penaliza los crímenes de lesa humanidad.
Según la ley 18.026, también comete el delito de de-saparición forzada de personas el que “omita y se niegue a brindar información sobre el hecho de la privación de libertad de una persona desaparecida, su paradero o suerte”.
López Goldaracena dijo a Brecha que, si la justicia decreta procesamientos por los traslados clandestinos de los militantes de los gau, “el presidente, como jefe supremo de las Fuerzas Armadas, debería pedir información al respecto, y si los militares ocultan los datos, tendrían que ser sancionados”.
De esta manera, se ejercería una retroalimentación entre los dos poderes, porque si el Ejecutivo descubre que alguien oculta información, esa persona también debería ser investigada por el Poder Judicial. Y si la justicia determinara que alguien efectivamente oculta información sobre detenidos desaparecidos, correspondería su procesamiento con una pena que va desde dos a 25 años de penitenciaría.


El caso Nuble Yic -   Fuera de la ley

El Poder Ejecutivo declaró que el asesinato del militante comunista Nuble Yic no está amparado por la ley de caducidad, y por tanto puede ser investigado por la justicia penal.
Yic había sido detenido el 22 de octubre de 1975, cuando los represores ingresaron a su casa donde se recuperaba de un segundo infarto.
Lo llevaron a varios centros clandestinos de detención, como la casa de Punta Gorda, el Batallón 13 (conocido como “300 Carlos”) y el Batallón de Infantería ubicado en el quilómetro 14 de camino Maldonado.
Allí, su familia logró verlo el 14 de marzo de 1976. Yic contó las torturas que los militares aplicaban contra los detenidos y pidió que se denunciaran los hechos.
Dos días después, el 16 de marzo, la familia fue avisada de su muerte. Su cuerpo fue colocado en un cajón cerrado, que fue retirado del Hospital Militar con prohibición de abrirlo. Luego se comprobó que Yic fue torturado hasta la muerte.
Por ahora, el “autor mediato” más evidente es el ex dictador Juan María Bordaberry, que ocupó el cargo hasta el 12 de junio de 1976. Pero la investigación judicial puede determinar otras responsabilidades.

 

Excluyen asesinato de 1975 de la Ley de Caducidad

14.11.2007 | 7.40 h. -   El Espectador

El vicepresidente Rodolfo Nin Novoa, firmó la resolución por la que se excluye de la Ley de Caducidad el
homicidio de Nuble Donato Yic, un militante comunista que permanece desparecido desde el 22 de octubre de 1975.
El mensaje solicitando al Ejecutivo el análisis del caso había sido remitido en octubre por el juez Luis Charles.
Según publica Plan B, el caso es defendido por una abogada de Serpaj y apunta al  al ex dictador, Juan María Bordaberry,
al ex comandante del Ejército, Julio Vadora y al generalretirado Mario Aguerrondo.                    

Excluyen otro caso de la Ley de Caducidad   La Republica

El Poder Ejecutivo excluyó de la Ley de Caducidad a los mandos militares y civiles presuntamente involucrados en la muerte del militante del Partido Comunista del Uruguay (PCU) Nuble Yic, ocurrida en marzo de 1976, según consta en una resolución de la Presidencia aprobada el lunes.
El documento, que aparece firmado por el presidente en ejercicio, Rodolfo Nin Novoa y la ministra de Defensa Nacional, Azucena Berrutti, explica que "la caducidad penal alcanza al funcionario subordinado que recibió la orden, pero no a los mandos que la impartieron".
De esta forma, el Poder Ejecutivo contestó la consulta realizada por el juez Penal de 19º Turno, doctor Luis Charles, quien entiende en esta denuncia, que fue presentada a mediados del mes pasado.
 Ahora podrá iniciar la indagatoria, comenzando a citar a los testigos propuestos.
Nuble Yic estaba casado, tenía cuatro hijas y era obrero de la construcción. Militó en el PCU hasta que el 22 de octubre de 1975 cuando fue detenido.
Estuvo preso en la cárcel de Punta Gorda y en el "300 Carlos". Llegó a estar cinco meses desaparecido, hasta que su familia logró visitarlo en marzo de 1976.
Luego fue trasladado a un predio militar ubicado en el kilómetro 14 de Camino Maldonado, donde hoy se encuentra el Instituto de las Armas y Especialidades (IMAE). En ese lugar falleció el 16 de marzo de 1976 a causa de un infarto provocado por las torturas y las malas condiciones de reclusión. *

 
 

El martes Mary Yic hizo la denuncia penal por la muerte de su padre
Justicia para Nuble Yic  -   Articulo Carta Popular
 
17 horas del martes último: Mary Yic acababa de regresar a su domicilio luego de haber hecho la denuncia penal por la muerte de su padre Nuble acaecida en marzo de 1976 en el Batallón 2 y 3 de Infantería ubicado en el Kilómetro 14 de Camino Maldonado.
La denuncia, radicada en el Juzgado Penal de 19º. Turno a cargo del juez Luis Charles y la Fiscalía de 6º. Turno a cargo de la doctora Elsa Machado, es contra los mandos policiales, militares y civiles de la época.
El expediente de la causa es el 2-48475/2007 y es patrocinada por la abogada del Servicio de Paz y Justicia (SERPAJ) Dra. Pilar Elordoy.
Nuble Yic -militante de PCU y del gremio de la carne- falleció de un paro cardíaco a causa de las torturas recibidas. Bordaberry era presidente.
Luego de “más idas que venidas” y de recorrer un largo camino, Mary Yic presentó más de 20 testigos, entre ellos el conocido comentarista deportivo de CX 14 El Espectador Jorge Burgel.
Con la voz por momentos entrecortada por la emoción y a la vez con la satisfacción del deber cumplido, Mary Yic destaca las solidaridades recibidas.
Entre ellas la de Carta POPULAR, donde resolvimos no hacerle casi ninguna pregunta. La situación no ameritaba para ello, era mejor que Mary dijera lo suyo y el que sigue es su relato.
“Mi madre no pudo hacer lo que me tocó a mí”
“Por fin se presentó la denuncia hoy definitivamente, después de un largo camino de un año y medio. Empecé en julio del año pasado a rearmar toda la historia, porque no tenía nada. SERPAJ empezó a trabajar por marzo, con muchas idas y venidas. Más idas que venidas en realidad. Lo empecé muy sola desde cero, pero se me fue uniendo un montón de gente increíble. Una solidaridd al extremo, veinte testigos y armé toda mi historia personal, la historia real de él.
Bueno muchas cosas y este día fue así. Me fui con el deber cumplido, porque lo último que recuerdo de mi padre…La única vez que lo ví después de 5 meses fue durante 15 minutos y con una distancia considerable, con mesa de por medio.
Cuando le dijo a mi madre, ‘tenés que denunciar lo que está pasando acá adentro’. Mi madre no lo pudo hacer, pero me fui con el deber cumplido de que lo pude hacer yo. Bueno, estoy muy emocionada…”.
Aprovechamos su silencio para preguntarle a Mary cuantos años tenía cuando vio por última vez a su padre y nos responde que estaba por cumpli 13. Sigue el relato. “Como todos saben mi padre pertenecía al PCU y al gremio de la carne. Militante desde muy joven en las dos cosas.
A él lo detienen ilegalmente el 22 de octubre del 75. Irrumpen en mi casa en la madrugada, lo encapuchan, lo esposan, destrozan todo, ponen un mantel en medio del living, roban cosas y se lo llevan.
Después por cinco meses mi madre, que era la que andaba más, no supo más de él. Al poco tiempo había que llevar ropa al Prado. Ropa, comida, medicamentos, eso que nunca le llegó, por supuesto.
Después, el 14 de marzo del 76, autorizan la primera visita en el kilómetro 14 del Camino Maldonado. Previo periplo por la Casa de Punta Gorda, la Cárcel del Pueblo, al Batallón 13 y de este al del kilómetro 14 de Camino Maldonado. Yo me vengo a enterar de esto cuando armo toda esta historia.
Los que hicieron de la solidaridad una razón de vida
Mi padre era un enfermo cardíaco, y cuando a él se lo llevan estaba haciendo reposo por un segundo infarto cardíaco. El muere a la salida del segundo recreo que le autorizan a los presos. Por un paro cardíaco a causa de las torturas.
Nunca recibió asistencia médica, medicación, ni nada.
Salían al recreo pensando que iban a jugar un partido de fútbol con una pelota de trapo que habían armado. Pero el partido nunca se llegó a jugar, ellos salen al recreo, mi padre se para en el arco y cae fulminado por un infarto.
Cuando mi padre muere ahí, el recreo se suspendió.
La denuncia está firmada por todos los abogados del SERPAJ y ahora espero del juez. Que es, según me decía Oscar López Goldaracena, un juez que trata de sacar rápido los casos.
La denuncia está hecha contra los mandos militares, policiales, civiles de esa época donde todavía estaba Bordaberry de presidente.
Ah…(un largo suspiro). Mirá agradezco la invalorable colaboración de todos los que me acompañaron, me apoyaron en esta etapa.
A los que hicieron de la solidaridad una razón de vida, a los que brindaron testimonios contribuyendo decisivamente a la recuperación de la verdad, a SERPAJ, a Sersoc, al senador Eduardo Lorier, a la Comisión de Derechos Humanos del PIT-CNT, a la abogada Pilar Elordoy que la verdad nunca me dejó caer y siempre estuvo al firme alentándome.
 
 


VERONIKA ENGLER, HIJA DEL TUPAMARO HENRY ENGLER, RESPONDE A LAS HIJAS DE GAVAZZO Y MEDINA

Antes de sentirse orgullosas,
deben averiguar las barbaries”
 

 

La hija del tupamaro Henry Engler, Veronika, considera que las hijas de los ex oficiales José Nino Gavazzo y Ricardo Medina ostentan una “doble moral” y las insta a “averiguar bien” las “barbaries” que cometieron sus padres antes de afirmar sentirse orgullosas de ellos.



Hija de un rehèn. Veronika Engler vive en Upsala, Suecia, desde junio de 1986. Estudió pedagogía en la Universidad de Upsala y trabaja con niños autistas. Es escritora, fundamentalmente volcada a la poesía. Publicó 'Numen' en Suecia y participó en varias antologías en España, Suecia y Argentina. En 2008 presentará en Montevideo el libro 'Un lugar sin duendes'. Es hija del tupamaro Henry Engler Golovchenko, uno de los nueve rehenes de la dictadura militar. Permaneció 13 años preso en condiciones inhumanas. Actualmente, reside en Suecia y es un científico destacado en todo el mundo por sus trabajos vinculados al tratamiento del Alzheimer y el cáncer.
Veronika Engler respondió duramente a las afirmaciones formuladas por las hijas de Gavazzo y Medina en la entrevista publicada por Ultimas Noticias en su edición del 29 de setiembre.

Por iniciativa propia, Engler se comunicó con Ultimas Noticias vía correo electrónico desde Suecia y de allí surgió la siguiente entrevista.

- ¿Qué le provocó leer las declaraciones de las hijas de Gavazzo y Medina?

-Estupefacción frente a la doble moral que ostentan al quejarse de la situación que están viviendo, que es indiscutiblemente más humana y digna que la que vivimos las víctimas, directas o indirectas, de los militares implicados en los crímenes de la dictadura, a la vez que desacreditan el sufrimiento ajeno y pretenden sepultar el pasado.

- ¿Por qué responderles?

No responderles a ellas, sino hablarle al pueblo en general. No podemos vivir en el pasado, es verdad, pero también es verdad que debemos aprender del pasado para poder seguir adelante y no cometer los mismos errores en el futuro. Para poder construir un país mejor, más justo, hay que curar las heridas que aún están abiertas y darle voz a los interrogantes de nuestra generación, las anteriores y las posteriores a la nuestra.

- En este contexto, ¿cree que es posible la reconciliación?

-Nunca estuvimos conciliadas, vivimos historias distintas y evidentemente pensamos muy distinto. No me puedo identificar de ninguna manera con personas que desprecian el valor del respeto por los derechos humanos y son insensibles al sufrimiento ajeno, o lo justifican de la manera en que ellas lo hacen, pero somos todos uruguayos y tenemos que buscar la manera de coexistir. Creo que es ingenuo pensar que ellas van a cambiar de opinión, pero ojalá aprendan algo para transmitirle a sus hijos otro tipo de valores morales. El odio nos empequeñece, el querer esclarecer esos años oscuros, nada tiene que ver con el odio ni la venganza.

- Las hijas de Gavazzo y Medina intentan exculpar a sus padres en virtud de que formaban parte del Ejército y respondían a los mandos ¿Qué piensa sobre eso?

-Es cierto que el acto de torturar no fue cometido por individuos que se desprendieron de los mandos, fue una forma institucional de operar durante la dictadura militar. Hago, por lo mismo, responsable a los mandos de ello, pero también a quienes acataron sin cuestionar ese tipo de órdenes que van contra todo valor humano. Me pregunto en qué parte del cumplimiento del deber estaba el de aterrorizar a los familiares de esos hombres y mujeres que estaban siendo torturados, aprisionados y desaparecidos.

- ¿Considera que las hijas de ambos no estén al tanto de lo que hacían sus padres?

-Quizás las hijas/os de los torturadores no estén al tanto de la crueldad y los tormentos que implica la tortura, castigos muy refinados, la mayoría de las veces. Quizás haya que informarlos, y frente a la descripción de cada barbarie cometida por sus progenitores, preguntarles si consideran que ese era el deber de sus padres, preguntarles después de que lo sepan, si todavía están orgullosas de ellos.

- Ellas aseguran que no les interesa reivindicar el pasado.

- Este lavado de manos, muy a lo Pilatos, es muy cómodo y conveniente para sus padres y para todos los torturadores, pero suena cínico si se les dice a quienes aún no han encontrado los cuerpos de sus seres queridos, o han sufrido secuestros de niños. Es duro para esos niños que crecieron bajo la mentira, en senos de familias que no eran las de ellos, e inclusive para nosotros, hijos de ex presos, o ex rehenes de la dictadura militar, como en mi caso, que no pudimos evadirnos de las consecuencias y secuelas familiares que nos dejó el pasado, pasado que, según ellas, hay que borrar.

- En este mismo sentido, aseguran que el tema de las torturas o violaciones a los Derechos Humanos no les pertenece.

- Yo les pregunto; ¿a quién le pertenece este tema? ¿No es acaso un tema que nos incumbe a todos y cada uno de nosotros? ¿Les es posible vivir con dignidad y caminar con la cabeza en alto, cuando aseguran que no les ocupa que se hayan violado los derechos humanos? Evidentemente, sus padres, protagonistas de tal violación, no les enseñaron el valor de los tan mentados derechos humanos, ni a respetarlos, ni a defenderlos, hay sin lugar a dudas, una clara consecuencia entre el actuar de los padres y el decir de las hijas.

- Ellas cuestionan duramente a las organizaciones de DDHH, que afirman han armado un circo en torno a este tema.

- Organismos defensores de los derechos humanos se han visto involucrados en la denuncia de estos hechos, no fue mero invento de un grupo de enajenados, hay contundentes pruebas de las barbaries cometidas en nombre del poder. Se sabe de los secuestros, robo de niños, de las muertes, de la tortura. Un fenómeno realmente aterrador y el delito es doble delito si se comete en nombre de la patria.

- Afirman sentirse orgullosas de sus padres, ¿qué le provoca eso?

- Está bien no renegar de los padres, pero antes de asegurar sentirse orgullosas de ellos y desacreditar a la justicia, deben averiguar bien y de buena fuente las barbaries que ellos cometieron, por lo menos para no ser cómplices de ese horror y que sus hijos no se avergüencen de ustedes si algún día escapan al cinismo de cerrar los ojos frente a una realidad macabra, sufrida por muchos, que sumió a nuestro país en una larga pesadilla. Imaginen a Medina y Gavazzo, ya no matando en forma anónima, con un arma “legal” en nombre de la “defensa del país y el cumplimiento del deber”, sino, arremangados en un húmedo sótano, practicando la tortura a un hombre, a una mujer, que yace indefensa, despojada de toda posibilidad de defenderse. Imaginen a esos militares, que son también hombres, hijos, padres, presuntos seres “humanos”, insensibilizados ante los gritos de sufrimiento, ante la sangre y el dolor, torturando a seres que también tienen padres que los aman e hijos que los esperan.

Al principio, para arrancarles información y después para satisfacer un enfermizo sadismo, en el que me asusta pensar. ¿Se siguen sintiendo orgullosas?

El peso del apellido

- Las hijas de Gavazzo y Medina aseguran que llevar sus apellidos les supuso varios problemas. ¿Cree que es justo?

- Hablan de los problemas que trae el llevar el apellido de un torturador, creo que no es justo que las familias se vean afectadas de esa manera.

Pero pueden hablar con cualquiera de nosotros, hijos de presos